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El Tribunal de Defensa de la Competencia ha condenado a las entidades de gestión Egeda (productores), Aisge (actores) y AIE (artistas intérpretes) , con multas de 45, 10 y 5 millones, respectivamente, por considerar que han explotado abusivamente su posición de dominio en la gestión de los derechos de propiedad intelectual cuya gestión tienen encomendada, con vulneración del art. 6 de la Ley de Defensa de la Competencia y del art. 86 del Tratado de la Comunidad Europea. Con el fallo, dictado el pasado 27 de julio, se resuleve el expediente iniciado con la denuncia interpuesta en diciembre de 1997 por Zontur y la FEH contra Egeda, por reclamar tarifas abusivas por el uso de aparatos de televisión en las habitaciones de los hoteles. La sentencia condena a Egeda individualmente por tratar de imponer sin negociación sus tarifas a los hoteles en 1994; a Egeda y Aisge conjuntamente por pretender imponer a los establecimientos hoteleros unas inequitativas tarifas en 1995, unilateralmente establecidas, y a las tres entidades colectivamente, al pretender en 1997 aplicar unas tarifas no equitativas sin negociación.